2 Dic 2008
El Estado ingresará sólo 544,82 euros como consecuencia de la ilegalización de Herri Batasuna (HB), Euskal Herritarrok (EH) y Batasuna, partidos que, según la sentencia dictada por la «Sala del 61» del Tribunal Supremo el 29 de marzo de 2003, estaban al servicio de la banda terrorista ETA. Es el resultado de la liquidación patrimonial prevista en la Ley de Partidos Políticos, norma según la cual los bienes de las organizaciones disueltas se destinarán por el Tesoro Público «a actividades de interés social o humanitario».
El resto de los activos disponibles en poder de los partidos ilegalizados (1.946.625,52 euros) -hay otra parte embargada y por tanto bloqueada por la Audiencia Nacional-, deberá destinarse al pago de una pequeña parte de las deudas que éstos contrajeron con la Kutxa y con el BBK entre 1989 y 1991 y que ascienden, intereses incluidos, a 14.037.767,59 euros.
Para el pago de salarios e indemnizaciones de trabajadores (reconocido por sentencia y que asciende a 191.575,72 euros) no queda disponible ni un solo euro. Por su parte, al procurador José Manuel Dorremochea, que ha representado a los partidos ilegalizados en diversos procesos judiciales, se le reconoce el derecho a cobrar 321,31 euros del total de 9.576,07 que reclamaba, pues no acreditó documentalmente la diferencia. Pero, hecho el reparto con los otros acreedores, sólo percibirá 3,53 euros.
Ese es, en resumen, el resultado de la liquidación patrimonial realizada a propuesta de los tres peritos nombrados a tal fin por la «Sala del 61». El alto Tribunal declara de esta forma el archivo de este procedimiento, que sólo podrá reabrirse en el caso de que la Audiencia Nacional levante el embargo de las cuentas (decretado en el sumario 35/02 con el que el juez Baltasar Garzón investiga a cuarenta dirigentes batasunos por integración o colaboración con banda armada) o en el caso de que «se averigüe la existencia de otros bienes o derechos pertenecientes a dichos partidos».
En el auto, dictado el pasado 20 de noviembre, el Supremo contabiliza los activos y los pasivos de cada uno de los partidos ilegalizados para, acto seguido, determinar qué deudas siguen pendientes de pago y cuáles, por el contrario, han prescrito. En contra del criterio del fiscal, la «Sala del 61» entiende que es en el curso de este proceso de liquidación, consecuencia de la ilegalización, donde debe ordenarse el abono de las cantidades reclamadas por los acreedores de las formaciones ilegalizadas. Como tales figuran la Kutxa, la BBK, el procurador José Manuel Dorremochea y el Juzgado de lo Social número 2 de San Sebastián.
Veamos por partes cómo y por qué se saldan algunas de esas deudas, por qué otras se declaran prescritas y la razón por la que algunas quedan pendientes de pago.
Pasividad de los bancos con HB.
Entre 1989 y 1991, las dos entidades bancarias concedieron a Herri Batasuna dos créditos que ascendían a 60 millones de las antiguas pesetas en el caso de la Kutxa, y otros dos que sumaban 50 millones en el caso del BBK. Estas cantidades han experimentado un espectacular aumento debido los intereses moratorios generados por el transcurso del tiempo, por lo que la cifra pendiente de pago alcanza a día de hoy un total de 14.037.767,59 euros. Tanto la Kutxa como la BBK se quedarán sin cobrar una parte de la deuda (la correspondiente a los llamados intereses remuneratorios o compensatorios), cuya reclamación ha prescrito.
Según señalan los liquidadores en el informe aprobado por el Supremo, ambos bancos podrían haber incurrido en «una posible dejación de funciones en el seguimiento y exigencia de los créditos», pues no reclamaron por vía judicial a Herri Batasuna las cantidades que ésta dejó de pagar. Esta pasividad, sin embargo, no «descalifica» la reclamación hecha ahora por Kutxa y BBK, según señala el Supremo.
Entre ambas entidades, tiene preferencia la Kutxa. Ésta concedió el préstamo para que HB se presentara a las elecciones de 1989 y el contrato decía de forma específica que podría quedarse «en prenda» las subvenciones que el partido recibiera del Ministerio del Interior. Por eso, este banco cobrará los 1.812.308,18 euros que HB recibió tras la convocatoria electoral del 29 de octubre de 1989. Los 134.317,32 euros restantes (la subvención que recibió HB alcanzaba los 1.946.625,52 euros), correspondientes a los comicios celebrados el 6 de junio de 1993, se prorrateará entre los demás acreedores: 65.050 euros le corresponden a la BBK y 3,53 euros al procurador Dorremochea.
El Supremo entiende que la liquidación de los bienes de los tres partidos ilegalizados implica, en primer lugar, «la satisfacción de las deudas» que tenían con terceros
Euskal Herritarrok tiene activos por valor de 39.641,67 euros, pero sólo están disponibles 544,82. Como este partido no tiene acreedores, esos 544,82 euros son los que podrán ingresar las arcas del Estado para fines sociales, tal y como establece la Ley de Partidos Políticos. La diferencia (39.096,85 euros) está embargada por la Audiencia Nacional.
Finalmente, todo el activo de Batasuna (41.944,89 euros) está embargado por el juez Garzón, por lo que el Juzgado de lo Social número 2 de San Sebastián no ingresará ni un euro para pagar los salarios e indemnizaciones reconocidos por sentencia a los trabajadores de este partido, que suman un total de 191.575,72 euros.